EL DESPLAZAMIENTO COMO INCENTIVO ECONÓMICO
La empresa guipuzcoana hace tiempo que mira al exterior buscando nuevos mercados y oportunidades. Sin embargo, dada la complicada situación del mercado nacional, esta tendencia se ha convertido en una verdadera necesidad.
La realidad actual, ha puesto si cabe aún más de relieve la figura de los trabajadores expatriados, es decir, personal asalariado de empresas residentes en España, que pasan parte del año prestando sus servicios a empresas situadas en el extranjero.
En CIALT hemos preparado un cuestionario para aquellos trabajadores que, viajando con cierta asiduidad, puedan tener interés en conocer si pueden aplicar alguno de los beneficios fiscales previstos en el IRPF.
Desde el punto de vista del trabajador, las ventajas fiscales existentes pueden suponer un gran incentivo económico, suponiendo un aumento considerable de su retribución.
Así, el “Régimen de Expatriados” exime de tributación los rendimientos percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero cuando se cumplan determinados requisitos, pudiendo aplicar la exención a las retribuciones devengadas durante los días de estancia en el extranjero con el límite máximo de 60.100 euros anuales.
Además, desde el punto de vista de la empresa empleadora, supone un aliciente para una realidad ya existente sin que implique un mayor coste económico.
De forma orientativa, en CIALT hemos preparado un cuestionario para aquellos trabajadores que, viajando con cierta asiduidad, puedan tener interés en conocer si pueden aplicar alguno de los beneficios fiscales previstos en el IRPF.
No obstante, la aplicación del régimen debe ser analizado al detalle en cada caso, ya sea porque pueden producirse circunstancias tales que puedan cuestionar la aplicación del régimen, o porque pueda resultar más interesante un beneficio frente a otro.
En caso de estar interesado en realizar un estudio más minucioso de su situación como trabajador o empresa, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
No hay comentarios