FRAUDE DE LEY Y ACTOS PROPIOS EN EL ÁMBITO TRIBUTARIO
La Resolución del TEAC de 11 de septiembre de 2014 distingue los supuestos en los que trasladándose los efectos de operaciones realizadas en fraude de ley en ejercicios prescritos a ejercicios no prescritos, se produjeron o no actuaciones de comprobación e investigación. Sin embargo, el TEAC ha obviado que los actos propios pueden ser tanto expresos como tácitos. ¿Quiere seguir leyendo?
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