
La reforma del sistema impositivo americano
El pasado 26 de abril, mediante un escueto comunicado, la administración Trump publicó las líneas maestras de la tan promulgada reforma del sistema tributario estadounidense. El objetivo de tales reformas se encontraba recogido en el programa electoral del presidente finalmente electo. Las modificaciones que se pretenden introducir afectan tanto al impuesto sobre la renta de las personas físicas como al impuesto sobre las empresas (Business Income Tax), y difieren en parte de lo principalmente propuesto en el programa electoral debido a que no se encuentra excesivamente concretado.
La principal característica de las reformas, junto con las ya predicadas bajadas de los tipos impositivos del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre las empresas, radica en el cambio del sistema de imputación de las rentas obtenidas por las empresas. En la actualidad, el Business Income Tax grava la totalidad de las rentas obtenidas por las compañías estadounidenses a lo largo de globo, pudiendo deducirse el gravamen ya pagado en el extranjero por las rentas obtenidas en otros Estados, de tal manera que la estructura impositiva a este respecto es igual o similar a la que emplean la gran mayoría de Estados.
Sin embargo, las propuestas publicadas recogen la modificación del sistema de tributación, pasando así de un sistema de tributación de renta mundial, tal y como se ha explicado en el párrafo precedente, a un sistema de tributación sobre la renta territorial. Es decir, las empresas estadounidenses deberán tributar en EEUU única y exclusivamente por las rentas generadas en territorio norteamericano, y no por toda la renta generada en el exterior.
Asimismo, junto con la anterior medida, se prevé la introducción de un impuesto que grave la repatriación de rentas por parte de las empresas americanas con un tipo de impositivo del 10%, con el propósito de que los rendimientos obtenidos en el exterior sean únicamente gravados cuando los mismos sean repatriados a Estados Unidos.
Como contraparte a las medidas tendentes a rebajar la tributación de las empresas, el paquete de medidas recoge la eliminación de todas las deducciones existentes en la normativa societaria, dejando únicamente la deducción por investigación y desarrollo.
Por otro lado, en relación a las personas físicas, se reducen los tipos de gravamen existentes en la actualidad, simplificando su tributación y aumentando el crédito fiscal otorgado a los contribuyentes por la realización de declaraciones, ya sea individual o conjunta.
En definitiva, parece ser que las medidas que pretende introducir el Gobierno Estadounidense tienen visos de modificar sustancialmente la tributación de las rentas en su país. Sin embargo, habrá que esperar a la concreción normativa de las propuestas, para poder determinar así el impacto real que la misma va a suponer.
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