COVID-19: Nuevas medidas tributarias Gipuzkoa

COVID-19: Nuevas medidas tributarias Gipuzkoa

Hacienda Foral de Gipuzkoa ha aprobado nuevas medidas dirigidas a flexibilizar las obligaciones tributarias de autónomos, microempresas y pequeñas empresas, como respuesta a su necesidad de liquidez para afrontar las consecuencias de la emergencia sanitaria del Covid-19.

Estas medidas completan las aprobadas como consecuencia de la crisis sanitaria del Covid-19 en el Decreto Foral Norma 1/2020 de 24 de marzo, publicado el 25 de marzo de 2020 en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

En concreto se amplía hasta el 1 de junio de 2020 el plazo de presentación y, en su caso, de ingreso de las siguientes autoliquidaciones y declaraciones:

• Las autoliquidaciones trimestrales correspondientes al primer trimestre de 2020 cuyo plazo de presentación finaliza el 27 de abril de 2020.

• Las declaraciones informativas y recapitulativas cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 1 de junio de 2020.

• Las autoliquidaciones del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes correspondiente a establecimientos permanentes cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 1 de junio de 2020, y

• Las autoliquidaciones y las declaraciones no periódicas cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 1 de junio de 2020.

• Las autoliquidaciones correspondientes a los tributos sobre el juego, en su modalidad de juego mediante máquinas o aparatos automáticos.

Siendo los obligados tributarios a los que se les aplica la presente ampliación los siguientes:

• Las personas físicas.

• Las microempresas, las pequeñas empresas, las sociedades patrimoniales, las entidades parcialmente exentas y las entidades sin fines lucrativos que tributen al amparo de la NF 3/2004 definidas como tal en el Impuesto sobre sociedades y tomando como referencia para dicha calificación la autoliquidación del impuesto sobre sociedades correspondiente al último período impositivo.

• Otras entidades como entidades en régimen de atribución de rentas que realicen actividades económicas, salvo que todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes sean personas jurídicas, comunidades de propietarios, y herencias pendientes del ejercicio de un poder testatorio.

Este artículo es un resumen de las novedades y modificaciones que se van anunciando motivados por la pandemia que estamos sufriendo hoy en día. Todas estas novedades son de carácter informativo, por lo que para cualquier aclaración, en CIALT contamos con un equipo especialista en la materia, dispuesto a asesorarle en las cuestiones que pudieran requerir de un análisis y estudio más detallado.

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